Lenin: 1914: Sobre el Derecho de las naciones a la autodeterminación.
7. LA DECISIÓN DEL CONGRESO INTERNACIONAL DE LONDRES EN 1896
La decisión dice:
"El Congreso declara que está a favor del derecho completo a la autodeterminación (Selbgtbestimmungsrecht) de todas las naciones y expresa sus simpatías a los obreros de todo país que sufra actualmente bajo el yugo de un absolutismo militar, nacional o de otro género; el Congreso exhorta a los obreros de todos estos países a ingresar en las filas de los obreros conscientes (Klassenbewusste = los que tienen conciencia de los intereses de su clase) de todo el mundo, a fin de luchar juntamente con ellos para vencer el capitalismo internacional y realizar los objetivos de la socialdemocracia internacional" 5.
Como ya hemos señalado, nuestros oportunistas, los señores Semkovski, Libman y Yurkévich, desconocen sencillamente esta decisión. Pero Rosa Luxemburgo la conoce y cita su texto íntegro, en el que figura la misma expresión que en nuestro programa: "autodeterminación".
Cabe preguntar: ¿cómo elimina Rosa Luxemburgo este obstáculo del camino de su "original" teoría?
¡Oh, muy sencillamente!: ... el centro de gravedad está aquí en la segunda parte de la resolución... su carácter declarativo... ¡¡sólo por confusión puede alegarse!!
El desamparo y la desorientación de nuestra autora son sencillamente asombrosos. Generalmente, los oportunistas son los únicos que alegan el carácter declarativo de los puntos consecuentemente democráticos y socialistas en los programas, rehuyendo cobardemente la polémica franca contra ellos. A lo que se ve, no sin motivo se ha encontrado esta vez Rosa Luxemburgo en la triste compañía de los señores Semkovski, Libman y Yurkévich. Rosa Luxemburgo no se atreve a declarar francamente si considera justa o errónea la citada resolución. Se zafa y se esconde, como contando con un lector tan poco atento y tan ignorante que olvide la primera parte de la resolución al llegar a la segunda, o que nunca haya oído hablar de los debates que hubo en la prensa socialista antes del Congreso de Londres.
Pero Rosa Luxemburgo está muy equivocada si se imagina que, ante los obreros conscientes de Rusia, logrará pisotear tan fácilmente una resolución de la Internacional sobre una importante cuestión de principios, sin haberse dignado siquiera analizarla en forma critica.
En los debates que precedieron al Congreso de Londres -principalmente en las columnas de la revista de los marxistas alemanes Die Neue Zeit- se expresó el punto de vista de Rosa Luxemburgo, ¡y ese punto de vista, en el fondo, sufrió una derrota ante la Internacional! Este es el fondo del asunto, lo que debe tener especialmente en cuenta el lector ruso.
Los debates se desarrollaron en torno a la cuestión de la independencia de Polonia. Se expresaron tres puntos de vista:
La resolución de la Internacional reproduce precisamente las tesis más esenciales, fundamentales de este punto de vista: por una parte, se reconoce en forma absolutamente directa, sin dejar lugar a tergiversación alguna, el pleno derecho de todas las naciones a la autodeterminación; por otra parte, de una forma no menos explicita, se exhorta a los obreros a realizar la unidad internacional de su lucha de clase.
Nosotros consideramos que esta resolución es absolutamente justa y que, para los países de la Europa Oriental y de Asia, a comienzos del siglo XX, es precisamente esta resolución, y precisamente la conexión indisoluble de sus dos partes, lo que constituye la única directriz acertada de política proletaria de clase en la cuestión nacional.
Detengámonos un poco más en detalle en los tres puntos de vista que hemos indicado.
Sabido es que C. Marx y F. Engels consideraban que toda la democracia de la Europa Occidental, y tanto más la socialdemocracia, estaban absolutamente obligadas a apoyar en forma activa la reivindicación de independencia de Polonia. Para las décadas del 40 y del 60 del siglo pasado, época de revolución burguesa en Austria y Alemania, época de "reforma campesina" en Rusia, este punto de vista era absolutamente justo y el único consecuentemente democrático y proletario. Mientras las masas populares de Rusia y de la mayoría de los países eslavos estaban aún sumidas en profundo sueño, mientras no había en estos países movimientos democráticos independientes, de masas, el movimiento liberador señorial en Polonia adquiría un valor primordial, gigantesco, desde el punto de vista no sólo de la democracia de toda Rusia, no sólo de la democracia de todos los países eslavos, sino de la democracia de toda Europa 6.
Pero si este punto de vista de Marx era completamente justo para el segundo tercio o para el tercer cuarto del siglo XIX, ha dejado de serlo para el siglo XX. En la mayoría de los países eslavos, e incluso en uno de los países eslavos más atrasados, en Rusia, han surgido movimientos democráticos independientes e incluso un movimiento proletario independiente. Ha desaparecido la Polonia señorial, cediendo su puesto a la Polonia capitalista. En tales condiciones, Polonia no podía por menos de perder su importancia revolucionaria excepcional.
Cuando el PSP ("Partido Socialista Polaco", los "fraks" actuales) intentó en 1896 "perpetuar" el punto de vista de Marx de otra época, aquello significaba ya utilizar la letra del marxismo contra el espíritu del marxismo. De aquí que tuvieran completa razón los socialdemócratas polacos cuando se declararon en contra de los entusiasmos nacionalistas de la pequeña burguesía polaca, cuando indicaron que la cuestión nacional tenía una importancia secundaria para los obreros polacos, cuando crearon por primera vez en Polonia un partido puramente proletario, cuando proclamaron el principio de la unión más estrecha entre el obrero polaco y el ruso en su lucha de clases, principio que tiene una enorme importancia.
Pero ¿significaba esto, sin embargo, que, a comienzos del siglo XX, la Internacional podía considerar superfluo para la Europa Oriental y para Asia el principio de autodeterminación política de las naciones, su derecho a la separación? Esto sería el mayor de los absurdos, que equivaldría (teóricamente) a considerar terminada la transformación democrático-burguesa de los Estados de Turquía, Rusia y China; sería (prácticamente) oportunismo respecto al absolutismo.
No. Para la Europa Oriental y para Asia, en una época en que se han iniciado revoluciones democrático-burguesas, en una época en que han surgido y se han exacerbado movimientos nacionales, en una época en que han aparecido partidos proletarios independientes, la tarea de estos partidos en política nacional debe ser una tarea doble: reconocer el derecho de todas las naciones a la autodeterminación, porque aún no está terminada la transformación democrático-burguesa, porque la democracia obrera propugna, de un modo serio, sincero y consecuente, no al modo liberal, no al modo de los Kokoshkin, la igualdad de derechos de las naciones y la alianza más estrecha, indisoluble, de las luchas de clase de los proletarios de todas las naciones de un Estado determinado, para toda clase de peripecias de su historia, con toda clase de modificaciones que la burguesía introduzca en las fronteras de los diversos Estados.
Esta doble tarea del proletariado es precisamente la que formula la resolución de la Internacional en 1896. Idéntica precisamente es, en su base de principios, la resolución adoptada por los marxistas de Rusia en su Conferencia del verano de 1913. Hay gentes a quienes les parece "contradictorio" que esta resolución, en su punto cuarto, reconociendo el derecho a la autodeterminación, a la separación, parece "dar" el máximo al nacionalismo (en realidad, en el reconocimiento del derecho a la autodeterminación de todas las naciones hay un máximo de democracia y un mínimo de nacionalismo) y en el punto quinto previene a los obreros contra las consignas nacionalistas de cualquier burguesía y exige la unidad y la fusión de los obreros de todas las naciones en organizaciones proletarias internacionales únicas. Pero sólo inteligencias absolutamente obtusas pueden ver aquí una "contradicción", incapaces de comprender, por ejemplo, por qué han ganado la unidad y la solidaridad de clase del proletariado sueco y noruego, cuando los obreros suecos han defendido para Noruega la libertad de separarse y constituir un Estado independiente.
(5) Véase el informe oficial alemán sobre el Congreso de Londres: Verhandlungen und Beschlüsse des internationalen
sozialistischen Arbeiter und Gewerkschafts-Kongresses zu London, vom 27. Juli bis 1. August 1896. Berlin, 1896, S. 18. ["Actas
y resoluciones del Congreso Internacional de los partidos socialistas obreros y de los sindicatos, celebrado en Londres, del 27
de julio al 1 de agosto de 1896", Berlín, 1896, pág. 18]. Hay un folleto ruso con las decisiones de los Congresos internacionales,
donde, en vez de "autodeterminación", se ha traducido erróneamente: "autonomía".
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(6) Sería un trabajo histórico muy interesante el comparar la posición de un gentilhombre polaco insurgente de 1863, la posición
de Chernishevski, demócrata revolucionario de toda Rusia, que también (como Marx) sabía apreciar la importancia del
movimiento polaco, y la posición del filisteo ucraniano Dragománov, que intervino mucho más tarde y expresó el punto de vista
del campesino, todavía tan salvaje, dormido, encostrado en su montón de estiércol, que su legitimo odio contra los pani polacos
le impedía comprender la importancia de la lucha de estos pani para la democracia de toda Rusia. (Véase La Polonia histórica
y la democracia de Rusia de Dragománov). Dragománov ha merecido plenamente los entusiastas abrazos con que más tarde
le galardonó P. Struve cuando ya era nacional-liberal.
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